viernes, 1 de septiembre de 2023

El Congreso no debe entregar facultades a un Gobierno incompetente

Señora Martha Moyano

Presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento

Congreso de la República

 

Lima 28 de agosto de 2023

 

Estimada señora:

En atención a su comunicación del 24 de agosto pidiéndome opinión respecto al Proyecto de Ley N° 5632/2023-PE, que delega en el Poder Ejecutivo facultades en distintas materias, le adjunto mi opinión sobre el pedido en temas de seguridad ciudadana y, específicamente, algunas consideraciones respecto al intento de modificar la ley N° 30299, ley de armas de uso civil.

Sin otro particular, me despido de Ud.

Atentamente

 

 

Fernando Rospigliosi

 

Anexos:

1. Artículo: “Armas prohibidas”. Fernando Rospigliosi.

2. “Negligencia con olor a complicidad”. Dardo López-Dolz.

3. Análisis ley n°30299 que el gobierno pretende modificar. Dr. Gonzalo Gil Oliden.

4. Desvío de armas del mercado legal.

 


OPINIÓN SOBRE LA DELEGACIÓN DE FACULTADES EN MATERIA DE SEGURIDAD

 

 

1.   El incremento de la ola delictiva no se explica por la falta de leyes y no se va a resolver con nuevas leyes. Pretender eso es intentar distraer al Congreso y la opinión pública sobre la falta de una política de lucha contra la delincuencia y la carencia de decisión para enfrentar con firmeza y energía el avance de la criminalidad.

2.   Esto se ha evidenciado en el tiempo que lleva este Gobierno, con tres ministros del Interior y ninguna estrategia clara.

3.   El problema en el Perú no reside en la falta de leyes –hay en exceso- sino en que esas leyes, en muchos casos, no se cumplen.

4.   La Policía Nacional (PNP) tiene numerosas carencias que no tienen que ver con las normas, sino con la ineptitud y la corrupción de quienes han tenido el poder de decisión en los últimos años, en los que ha existido enormes presupuestos para inversión y han sido derrochados o malgastados.

5.   Es indispensable dotar a la PNP de comunicaciones adecuadas, de patrulleros, de material anti motines (carros rompe manifestaciones, por ejemplo), de laboratorios de criminalística, de instalar en Lima una verdadera central de emergencia (C4, centro de comando, control, cómputo y comunicaciones), etc. Eso no tiene que ver con leyes sino con decisión para actuar con rapidez, eficiencia y honestidad.

6.   En los últimos años la calidad de la formación policial se ha degradado por una deficiente educación y un pésimo reclutamiento, que ha permitido que, muchas veces, personal no calificado ingrese a las escuelas y se convierta en policía. Para mejorar ese aspecto hay que concentrar las escuelas policiales –no más de 4 o 5- y fortalecer los filtros para el ingreso. El principal problema no es de cantidad de personal sino de calidad. (Es vergonzoso que la Escuela de Oficiales de Chorrillos haya sido derruida hace años y siga así, sin ningún avance, mientras los cadetes están arrumados en la escuela de sub oficiales de Puente Piedra. Ese no es un problema de leyes sino de ineptitud y corrupción).

7.   Los casos de corrupción que ha denunciado la fiscalía y los que se han hecho públicos incluyen desde altos mandos hasta sub oficiales, venta de ascensos, venta de traslados, vinculaciones con el narcotráfico, bandas de policías extorsionadores, etc. Nuevamente, ese no es un problema de normas, se trata tanto de ministros y jefes policiales inadecuados como de las deficiencias que se arrastran desde el reclutamiento y la formación. El actual Gobierno, en lugar de explicar cuál es la situación en este aspecto y que está haciendo para resolverlo, propone una lista interminable de decretos legislativos, que redactarán lo mismos que no son capaces de resolver los más elementales problemas de la PNP hoy día.

8.   Una modificación legal que sí se requiere es la de devolver a la PNP la investigación preliminar, dejando la dirección jurídica en manos de la fiscalía. Ese cambio que sobrevino con el nuevo Código Procesal Penal ha resultado perjudicial, lo que ya ha sido ampliamente demostrado en la realidad y establecido en muchas opiniones de expertos. En este caso, existe un proyecto de ley (819/2021-CR) presentado por el congresista Alfredo Azurín que podría ser debatido y aprobado a la brevedad.

9.   Un asunto muy importante es el del sistema penal: cárceles insuficientes y sobrepobladas, controladas por los propios delincuentes, que son escuelas del delito y a la vez lugares desde donde se planifican y dirigen todo tipo de crímenes. Es indispensable, primero, controlar las cárceles actuales, y segundo, construir nuevos penales donde se pueda diferenciar a reos primarios de delincuentes avezados, etc. Otra vez, es un problema de gestión, no de normas.

10.               Específicamente, sobre las modificaciones a la ley N° 30299, ley de armas de uso civil, aprobada por el Congreso en enero de 2015, hay que tener en cuenta que fue una norma ampliamente debatida en el Parlamento de aquel entonces, que recogió muy diversas opiniones de expertos. Esa ley, considerada la mejor, o una de las mejores, de la región no debería ser modificada, en mi opinión, menos aún por los responsables de su pésima aplicación. En efecto, como muestro en los anexos, por responsabilidad de las autoridades del Ministerio del Interior y Sucamec se ha permitido que individuos y empresas inescrupulosas adquieran armas y municiones de manera inapropiada para terminar luego en material contrabandeado a otros países o en manos de delincuentes. Ese problema no es, obviamente, de la ley sino de las autoridades encargadas de aplicarla que ahora, para eludir su responsabilidad, pretenden culpar a ley de sus propios errores. En suma, hoy día, con una creciente ola delincuencial cada vez más violenta, el propósito de las autoridades enquistadas en el Mininter, es desarmar a los ciudadanos honrados –o reducir y obstaculizar sus posibilidades de obtener un arma legal-, favoreciendo con eso a la delincuencia. De ninguna manera debería otorgarse facultades para legislar en esta materia a los mismos responsables de los problemas.

11.               En conclusión, mi opinión es que no debe otorgarse facultades legislativas al Gobierno en materia de seguridad ciudadana.

A)  Primero, porque el problema de la seguridad no es un tema de normas sino de acción, de decisión de enfrentar al crimen con energía y firmeza.

B)   Segundo, porque el Gobierno ha demostrado hasta ahora no tener una política para enfrentar la ola delincuencial y, creo, pretende distraer con el viejo y manoseado discurso de que la lucha contra el delito es un tema de leyes y no de acciones.

C)   Tercero, en todo caso debería discutirse punto por punto el pedido de facultades y en ningún caso otorgarse poderes para cambiar toda la legislación a un Gobierno que no ha demostrado tener ni ideas ni aptitud en esta materia.

D)  Cuarto, sugiero que en lugar de otorgar al Gobierno facultades legislativas, que se le pida que explique qué está haciendo, por ejemplo, para luchar contra la corrupción en la PNP; que ha hecho –o que tiene planeado hacer- en cuanto equipamiento; como piensa mejorar la calidad y el reclutamiento de la PNP; cuáles han sido sus acciones para recuperar el control de las cárceles, etc.

E)   Quinto, por las razones expuestas en el párrafo 10 y sustentadas en los anexos incluidos a continuación, opino que no solo no se deben delegar facultades para modificar la ley de armas de uso civil vigente (N° 30299), sino que el Congreso debería investigar con la mayor celeridad posible a los funcionarios de  Sucamec y el Mininter responsables del posible desvío de armas para fines delictivos.

 


ANEXOS

 

Artículo publicado en Lampadia el 17/8/23

 

El Estado contra los ciudadanos

Armas prohibidas                       

Fernando Rospigliosi

 

        El gobierno de los EEUU ha prohibido la venta de armas y municiones de uso civil al Perú. El motivo -según se ha informado- es que han encontrado una carabina calibre .223 vendida legalmente en el Perú y contrabandeada luego al Ecuador, en manos de los sicarios que asesinaron al candidato Fernando Villavicencio. La responsabilidad es del Ministerio del Interior del Perú y la Sucamec, y los perjudicados son los ciudadanos honestos que respetan la ley.

        Desde hace tiempo las autoridades saben que hay un tráfico ilegal de armas y municiones del Perú a Ecuador. Y no hacen nada para detenerlo.

También es conocido que, por ejemplo, los mineros ilegales de la serranía de La Libertad, adquieren armas y municiones del mercado legal para usarlas armando bandas de delincuentes que los protejan y/o ataquen a otros grupos.

Por supuesto, eso también hacen narcotraficantes y mineros ilegales de otros lugares del país. Y todo ocurre ante las narices del Ministerio del Interior y de su organismo encargado del control de armas, la Sucamec.

Es precisamente la Sucamec la que informó, la semana pasada, a un grupo de representantes de armerías locales, algunos hechos escandalosos.

        Por ejemplo, que un individuo que responde al nombre de Aljemiro Sobrado Meza, adquirió treintaicuatro carabinas calibre .223 y 24 pistolas de 9 milímetros. (La carabina .223 denominada AR 15, es la versión civil del fusil de asalto M16, arma de reglamento del ejército norteamericano hasta hace algunos años).

        El asunto es ¿cómo pudo comprar ese sujeto treintaicuatro carabinas calibre .223 y 24 pistolas de 9 milímetros? Muy sencillo. La Sucamec del Ministerio del Interior lo autorizaron.

        Nadie le preguntó cuando adquirió la segunda carabina para que la necesitaba, si ya tenía una. Ni cuando compró la tercera y la cuarta… Sospechosamente lo permitieron. Esas carabinas las usan los deportistas o los cazadores, pero obviamente nadie adquiere tantas. Lo mismo con las pistolas.

        Cualquier ciudadano honesto que ha comprado un arma conoce las dificultades que hay que afrontar en la Sucamec, la demora en los trámites, los requisitos a veces no contemplados en las normas vigentes que exigen para obtener o renovar una licencia.

        Pero Aljemiro Sobrado no tuvo problemas para obtener expeditivamente autorización de Sucamec para más de medio centenar de armas. U otro individuo que responde al nombre de Rudy Fernández Delgado, que compró treintaisiete carabinas .223 y treintaiuna pistolas de 9 mm., sesentaiocho armas.

        ¿Incompetencia? ¿Corrupción? ¿Ambas?

        En municiones ocurre algo similar. Un sujeto compró ciento cuatro mil municiones, otro individuo cien mil quinientas. Y así. Una de las armerías que venden sin obstáculos esta cantidad descomunal de municiones es Hunting Glick, según Sucamec, ubicada en Tumbes, donde florece el contrabando hacia Ecuador.

        Todas las armerías están obligadas a reportar a Sucamec la venta de municiones: a quién se la venden, cuantas, el número de licencia y el DNI de la persona, etc. Si un individuo compra miles de municiones y no es un campeón olímpico que practica todos los días, si no se sabe donde las dispara (solo se puede practicar en lugares autorizados por Sucamec, un club de tiro, una armería con galería de tiro), es obvio que las está traficando.

        Si el Ministerio del Interior y la Sucamec hicieran correctamente su trabajo, sería imposible que delincuentes adquieran impunemente decenas de armas y miles de municiones para traficarlas. Pero no lo hacen.

        Esos individuos no deberían haber obtenido la autorización de Sucamec para esas compras evidentemente delictivas, y hoy deberían estar presos, al igual que las armerías que, evidentemente, a sabiendas, les proporcionaron armas y municiones. Ya deberían estar clausuradas y los responsables procesados.

        Pero la genial “solución” que se les ha ocurrido a los responsables de ese desastre, a los funcionarios de Sucamec, Ministerio del Interior y Gobierno, es tratar de prohibir las armas y municiones a los ciudadanos honestos. Para eso han pedido facultades delegadas al Congreso, de tal manera que ellos podrán modificar la ley vigente a su antojo. Es decir, los culpables serán los que redacten las nuevas normas.

        Como es obvio, el problema no reside en modificar la ley sino sencillamente aplicarla. Si eso se hubiera hecho, los delincuentes no hubieran podido traficar armas y municiones. Pero como suele ocurrir en el Perú, el Estado carga la culpa y las consecuencias a los ciudadanos honestos que, si prospera el desatino del Gobierno, no podrán adquirir armas o municiones para defensa, caza, deporte o colección. De hecho, por la prohibición de los EEUU, ya están seriamente perjudicados.

        En síntesis, el Gobierno, el Mininter y la Sucamec tienen que explicar lo que ha sucedido y asumir su responsabilidad. Y el Congreso negarle las facultades delegadas (si quiere el Gobierno modificaciones que las presente como proyecto para que se discuta) y fiscalizar lo ocurrido, que está teniendo tan graves consecuencias.


Artículo publicado en El Reporte, 27/8/23

Negligencia con olor a complicidad

Dardo López-Dolz (Ex vice ministro del Interior)

 

Los Estados Unidos han cancelado las licencias de exportación de armas y municiones al Perú, inclusive las ya emitidas, con pedidos ya en producción, lo que afecta al sector privado de usuarios (empresas de seguridad, cazadores, tiradores y ciudadanos autorizados para el porte para defensa personal) y comerciantes legales. Además, lo que es más grave, elimina el acceso a esa importante fuente de equipamiento para la PNP y las FFAA, justo en medio de la conjunción nada casual de la ofensiva criminal de las bandas internacionales y sus aliados o, por lo menos, complacientes amigos del socialismo del Siglo XXI.

El origen está en la acogida erróneamente brindada por algunos políticos norteamericanos a los informes tendenciosos de los organismos internacionales poco confiable por estar copados por la progresía, que en reacción solidaria con sus pares peruanos súbitamente destetados se apresuraron a darles una manito atacando una democracia que se defiende. Pero el puntillazo final proviene, al parecer, del descubrimiento por el FBI de, por lo menos, un arma adquirida legalmente en el Perú en manos de los sicarios tras el asesinato del candidato presidencial ecuatoriano.

Quienes conocemos el Perú sabemos que, para toda forma de contrabando, nuestras fronteras solo son referenciales, dibujadas con plumón en el mapa, desguarnecidas en casi toda su extensión (lo que entre otras cosas ha venido haciendo fácil la intrusión ilegal de Evo y su banda masista boliviana).

El tráfico de armas a través de esas fronteras porosas es un viejo problema insoluto en casi toda la región, no solo en nuestro país, pero habiendo entidades responsables, toca al Estado peruano dotarlas de lo necesario, en cumplimiento impostergable de su función originaria de proveer seguridad a los peruanos. Toca también al Estado controlar a los encargados el cumplimiento de tal misión para poder identificar y sancionar responsabilidades individuales. La frontera es vasta y en buena parte de topografía agreste, pero esa tarea no debe seguir siendo postergada, más aún ahora que, tras la patente expansión del venezolano Tren de Aragua, se han hecho públicas sendas alianzas militares del gobierno masista boliviano con dos potencias de ultramar con comprobada y beligerante vocación de expansión neo imperaliasta.

Pero para cortar de raíz el problema es necesario encontrar la “causa última” del fácil acceso de la delincuencia organizada a armas desviadas sistemáticamente del mercado legal. El problema no está en la ley (que algunos iluminados pretenden cambiar para llevar agua a su molino ideológico autoritario estatista), sino en las personas puestas a cargo de Sucamec, la institución encargada del registro y control de armas y municiones de uso civil.

En el Perú, una persona honesta, con licencia vigente para caza o deporte puede comprar legalmente la cantidad de armas de caza o deporte que considere necesarias y pueda pagar. Pero no son hobbies baratos, por lo tanto, esas compras sueles ser espaciadas a lo largo del tiempo y nadie bien intencionado compra numerosas armas idénticas. Además, como lo sabe Sucamec, son muy pocas las personas dispuestas a tal inversión, tan pocas que deben sobrar los dedos de las manos para contar las que se añaden cada año a ese reducido universo (no llegaba a 20 en todo el país al momento de la redacción del reglamento vigente). Por lo tanto, las anomalías son fácilmente detectables, salvo claro está que alguien esté prestando interesadamente “facilidades” para que pasen desapercibidas.

La adquisición de decenas de carabinas o pistolas idénticas, por una misma persona debió generar la acción fiscalizadora inopinada de Sucamec, contemplada en la ley vigente, para verificar la posesión continua y el reporte a inteligencia policial, ya que basta el más mínimo sentido común para detectar una probable intención criminal, sea vigilancia ilegal o tráfico ilícito. Lo mismo reza para grande sumas de dinero gastadas en municiones que a todas luces debieron reportarse a la UIF.

En el mundo de la inteligencia la detección automática temprana de patrones atípicos buscando forzar inadvertidamente ventanas legales, es la mejor herramienta para desactivar organizaciones enemigas. Caer en el error reactivo de generar prohibiciones solo vuelven más creativo al enemigo, la vigilancia de esas ventanas en cambio es económicamente muy provechosa en términos de inteligencia, pues delata organizaciones enteras permitiendo su desbaratamiento, captura y encarcelamiento.

Por disposición legal vigente, toda empresa comercializadora legal de armas y/o municiones está obligada a reportar operaciones sospechosas. Si quienes vendieron no lo hicieron hay responsabilidad y debe ser sancionada.

La ley obliga al reporte en tiempo real de toda venta de armas o municiones. Sucamec no puede decir que no sabía lo que estaba ocurriendo. Toca identificar e individualizar responsabilidades.

Un escolar con conocimiento básico de sistemas sabe cómo activar alarmas que detecten en tiempo real operaciones inusuales. Las deficiencias del sistema de SUCAMEC (si es que existen y no ha sido una omisión "aceitada”) solo pueden ser calificadas racionalmente como negligencia punible o complicidad y debe ser identificada con nombre y apellido, sancionada y corregida.

Si un invidente manco al que le falta una pierna estrella un Ferrari, solo a un idiota se le ocurriría atribuirlo a errores de diseño del Ferrari. Si un funcionario no cumple lo que la ley le ordena, solo a otro idiota se le ocurriría culpar a la ley.

 

 

       


ANALISIS DE LA LEY N°30299 QUE EL GOBIERNO PRETENDE MODIFICAR

 

Dr. Gonzalo Gil Oliden

 

A la fecha, ante la incuestionable e insostenible violencia e inseguridad ciudadana que viene atravesando el Perú hace varios meses y años, con evidente inacción de los diversos estamentos del estado, se plantea como salida mágica la modificación de la Ley N°30299, a saber la LEY DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS, PRODUCTOS PIROTÉCNICOS Y MATERIALES RELACIONADOS DE USO CIVIL, solicitando las facultades legislativas para su modificación, la misma que cuenta son su respectivo reglamento-Decreto Supremo N° 010-2017-IN y su TUPA-DECRETO SUPREMO N° 009-2018-IN, desalineado de las dos primeras normas, estando vinculada a la seguridad nacional y al orden interno.

Como parte de la ficha técnica de la norma bajo análisis, la ley N° 30299 tiene categoría normativa de Ley, siendo aprobada por el Pleno de fecha 11 de diciembre de 2014 en 1era votación, con emisión de la autógrafa el 31 de diciembre de 2014 y promulgación el 21 de enero de 2015, siendo publicada el 22 de enero de 2015, entrando en vigencia a partir de la publicación de su Reglamento proyectado 60 días hábiles desde la presentación del proyecto de reglamento al Ministerio del Interior, por parte de la Comisión Multisectorial para la elaboración del reglamento.

Esta norma, vigente, con sus 73° artículos, 10 Disposiciones Complementarias Finales, 04 Disposiciones Complementarias Transitorias, 02 Disposiciones Complementarias Modificatorias  Y 01 Disposición Complementaria Derogatoria Única, correcta e idónea, regula el uso civil de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados, comprendiendo la autorización, fiscalización, control de la fabricación, importación, exportación, comercialización, distribución, traslado custodia, almacenamiento, posesión, uso, destino final, así como la capacitación y entrenamiento en el uso de armas, municiones y explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados, incluyendo la reparación y ensamblaje de armas y municiones, estableciendo como su ámbito de aplicación el territorio patrio y revistiendo la función regulatoria del Estado.

Recoge bien precisa las definiciones de arma de fuego y las que no lo son, las modalidades de uso distinguiendo las armas de fuego de uso civil y los calibres permitidos, diferenciándolas de las características de las armas de tipo militar (básicamente su calibre y cadencia de fuego) no permitidas a los civiles, define además al agente comercializador, operador cinegético, explosivo, licencia de uso de arma de fuego, munición, producto pirotécnico, producto pirotécnico deflagrante, producto pirotécnico detonante, materiales relacionados, tarjeta de propiedad de arma de fuego, fabricación ilícita, tráfico ilícito, marcación de armas de fuego, rastreo de armas de fuego, recargador de munición, armero, entre otras categorías, evidenciando cubrir gran parte del abanico de temas que corresponden, estableciendo que las personas dedicadas a las actividades reguladas por la presente Ley deben aprobar las capacitaciones y el entrenamiento que la SUCAMEC autoriza, así como el deber de colaboración entre entidades y acceso a la información.

Precisa de manera indubitable las condiciones para la obtención y renovación de licencias de autorizaciones, así como la custodia de los bienes regulados por la presente Ley, estableciendo que la SUCAMEC cuenta con registros vinculados a los bienes regulados por la norma, los cuales forman parte del Registro Nacional de Gestión de la Información (RENAGI), precisando el ámbito de control y supervisión.

Establece las prohibiciones pasibles de sanción por las conductas en que incurran los infractores que cuenten con licencia de uso, así como el destino de bienes incautados y decomisados por incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley, haciendo lo propio en relación a los explosivos, material pirotécnico y los materiales relacionados.

Contempla adicionalmente en las disposiciones complementarias finales las acciones de colaboración entre la SUCAMEC y la Sociedad Civil, lamentablemente nula en la práctica.

Referencialmente modifica el artículo 279 y artículo 279-C del Código Penal y deroga la Ley 25054,el Decreto Ley 25707,  la Ley 27718, la Ley 28627 parcialmente, modificando la Ley 27718 y el Decreto Legislativo 635 y todas las normas que se opongan a la Ley 30299, integrándose con la Octava Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo 1127, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de uso civil – SUCAMEC, en concordancia con la Constitución Política del Perú, la Ley 27444, la Ley 28627, habiendo sufrido.

La Ley 30299 es moderna, funcional y argumentada al detalle, y reúne plenamente los aspectos referidos a su origen, pues define el concepto y características de las armas en general (sean o no de fuego), los calibres permitidos, el número de armas y municiones autorizados, la regulación de su uso regular, las infracciones y las sanciones en caso de verificarse una situación inidónea, los trámites permitidos para su adquisición, transferencia, internamiento, otorgamiento de licencias y su extinción, su renovación y cambio de modalidad, y las facultades del supervisor SUCAMEC, haciendo expresa diferencia a las armas de uso militar, con sus calibres y cadencia automática, es decir, abarca todo el universo de los temas pertinentes.

 

Entonces donde está la génesis del problema actual de las armas del mercado negro: Única y exclusivamente en el regulador SUCAMEC

 

En el funcionamiento interno administrativo de la SUCAMEC se ha verifica una gran concurrencia de problemas, pues entre otras situaciones inidóneas se ha tenido alta rotación continua del personal administrativo, insuficiente capacitación del mismo y actos de corrupción innegables, pues hasta se han otorgado y dejado de cancelar licencias de uso de arma a personas con antecedentes, cuando la verificación de los antecedentes es parte del proceso de otorgamiento de licencia, lo que no admite ninguna posibilidad de descargo de parte de la SUCAMEC.

¿Y se pretende sustentar que la solución es modificar la Ley? No es la salida por ningún lado, pues el problema es el ente regulador por lo menos ineficaz e ineficiente.

¿La responsabilidad legal recae en el usuario legal? No

¿En la armería que vende? Tal vez, se debe identificar y sancionar ejemplarmente.

¿En el regulador la SUCAMEC? Indefectiblemente si, ya ser por acción y por omisión.

El usuario legal no es responsable de la coyuntura actual, pues Un usuario legal con licencia legal vigente compra con su dinero legal (ganado formalmente con el fruto de su actividad y trabajo) un arma nueva en una armería legal contra la emisión de su comprobante de pago legal sin requerir verificación del arma, o compra un arma usada y pasa por la notaría para legalizar sus firmas legalmente, y en ambos casos solicita la emisión de su tarjeta de propiedad a su favor, Y LA EMITE LA SUCAMEC.

¿La armería o vendedor es el responsable? Habrá que determinarlo por SUCAMEC

La SUCAMEC como regulador es el responsable INEXCUSABLE, tanto por acción y por omisión, directamente del infractor y de la línea jerárquica encima de él, RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA por lo menos, pues:

- La SUCAMEC tramita el expediente de la tarjeta de propiedad y luego de múltiples etapas recepción, estudio, antecedentes, atención, proceso bajo su exclusivo control, y si lo aprueba, la emite y envía al correo del usuario, lo que demora más o menos 1 mes.

- LA SUCAMEC APRUEBA ENTONCES LA ADQUISIÓN DEL ARMA A SU CRITERIO, LA DESCARGA DEL VENDEDOR Y LA CARGA AL COMPRADOR, CONOCE PERFECTAMENTE EL RECORD DE AMBAS PARTES COMPRADOR Y VENDEDOR.

- SI EL ARMA ES NUEVA AUTORIZA LA ENTREGA A LA ARMERIA CON DESTINO AL USUARIO FINAL Y SE LA ENTREGA, SI ES USADA CON LA TARJETA EL VENDEDOR ESTA AUTORIZADO A ENTREGARLA AL COMPRADOR, ES DECIR, LA SUCAMEC NO SOLO APRUEBA LA TRANSFERENCIA DEL ARMA SINO SU CIRCULACIÓN DEL EN EL MERCADO LEGAL.

- ¿Cómo no sabe la SUCAMEC que compra alguien ¨contingente¨ y observa la compra-venta si regula todo el circuito?

- Puede darse la irregularidad desde el personal que gestiona y aprueba mal el expediente,

¿Por dolo? Que se le denuncie y procese penalmente.

¿Por culpa por no estar capacitado? ¿De quién sino de la entidad es la responsabilidad de contratarlo y no capacitarlo y ponerlo en el puesto?

¿El superior no verifica en ambos casos?

¿Cómo queda la cadena de mando? ¿Dolo? ¿Culpa? La responsabilidad es inexcusable.

 

Bien expresa el abogado colombiano Abelardo De La Espriella, en su publicación ¨Dura es la ley, pero es la ley¨ en el ¨Ámbito Jurídico¨, que ¨… Cuando el Estado viola la ley y desconoce los derechos de quienes procesa, se vuelve más criminal que aquellos a los que persigue…¨, así pues, la ley no puede aplicarse al arbitrio de lo que conviene, no es una camisa cuya talla se ajusta según la necesidad del cliente ni es como el hielo, que sabe a lo que se le ponga: la ley tiene peso específico y consistencia propia, no se acomoda o reajusta dependiendo de la coyuntura su espíritu es orientar la conducta humana, para armonizar la vida en sociedad, teniendo como fin primero la consecución del bien común y la justicia, que se erigen como elementos determinantes para el sostenimiento de las sociedades democráticas.

El autor sostiene con certeza que, en la medida en que se respeten las reglas de juego establecidas por la Constitución y la ley, tendremos una sociedad más civilizada y evolucionada, y a veces puede parecer que es inapropiada, pero se nos olvida que fue tramitada y expedida por un órgano legislativo elegido popularmente y al cual la Constitución encomendó tan sagrado deber.

Dr. Gonzalo Gil Oliden: – CAL N°33738 – ggiloliden@hotmail.com


DESVÍO DE ARMAS DEL MERCADO LEGAL

 

 

 

 

 

Resumen:

 

Tres armerías han importado una enorme cantidad de carabinas semiautomáticas para un mercado que no existe. La hipótesis es que no sólo es un problema de corrupción en SUCAMEC. Hay un trasfondo político que afecta seriamente la Seguridad Nacional.

 

 

La ley 30299 fue publicada el 22 de enero del 2015 y su Reglamento el 7 de julio 2016. Esta ley es muy técnica pues se basó en el conocimiento de expertos y de portadores de armas con cientos de años acumulados de experiencias y no sólo en gestores públicos quienes, en su absoluta mayoría, desconocen el tema y nunca han disparado un arma.

Tanto las estadísticas como el pulso en la calle (para quienes estamos dentro del mundo de las armas) nos indican que esta ley en general está teniendo un efecto positivo al concentrar el esfuerzo en el perfil del portador y su carácter moral, antes que en características técnicas de las armas, como era anteriormente. Así, no se registran mayores incidentes con portadores legales de armas de fuego, en un número cercano a 400 mil. El problema nunca han sido las armas en manos de gente decente, si no en los delincuentes.

El crimen urbano se comete con armas de puño traídas de contrabando de la región, principalmente Colombia y Venezuela. Es muy fácil cruzar la frontera llevando pistolas y revólveres que son fáciles de ocultar. No se ve el uso de carabinas semiautomáticas ni escopetas en los crímenes de sicariato ni asalto agravado, tanto urbano como rural.

Gráfico, Gráfico de líneas  Descripción generada automáticamenteSiendo que los portadores de armas de muchos años somos un grupo reducido, casi una hermandad, hemos notado un incremento en las importaciones de carabinas semiautomáticas, que usamos normalmente para caza o deporte. A la derecha el cuadro de importaciones de esa partida arancelaria desde el 2015 al 2022, donde se aprecia un crecimiento injustificable a partir de la segunda mitad del 2021, sin que básicamente haya aumentado el número de cazadores ni deportistas.

Gráfico, Gráfico circular  Descripción generada automáticamenteDesde el 2021 a la fecha, se han importado un total de 2039 carabinas tipo AR-15, una de las cuales habría sido usada en el asesinato del candidato Villavicencio en Ecuador. Sólo 3 importadores concentran el 95% de ese volumen, con 1,919 armas:

·                 223 G&A EIRL: 780 carabinas

·                 El Cazador SAC: 577 carabinas

·                 Armory Supply SAC: 562 carabinas


2223 G&A EIRL y Corporación El Cazador han importado carabinas AR-15 de la marca Brigade mientras que Armory Supply de las marcas Core 15 y Anderson manufacturing.

Edificio con letrero en frente y tienda al lado  Descripción generada automáticamenteEntre ellos, 223G&A EIRL, el mayor importador de estas armas, tiene un pequeñísimo local en una galería en Breña. Difícil entender cómo pudieron comercializar tantas armas que importadores más grandes no han logrado, principalmente porque no existe un mercado para ese volumen.

SUCAMEC convocó a las armerías a un conversatorio para buscar el apoyo para su propuesta de cambios a la ley 30299, argumentando malas prácticas comerciales. Así trascendió que algunas personas han obtenido su licencia de porte de armas y se les ha autorizado la compra de carabinas AR-15 en una cantidad imposible de justificar:

·         Aljemiro Sobrado Meza, adquirió 34 carabinas AR-15 calibre .223 y 24 pistolas

·         Rudy Fernández Delgado 37 carabinas AR-15 calibre .223 y 31 pistolas

·         Una armería en Tumbes registra un volumen de varios cientos de miles de municiones. Una caja de balas 9mm en Perú ronda los $25 mientras que en Ecuador sobrepasa los

$100 y muchas armas y municiones no están disponibles. Eso impulsa el contrabando.

En todos los casos, es responsabilidad de SUCAMEC aprobar las autorizaciones de venta tanto de armas como de municiones. Para una persona poder registrar al mismo tiempo tantas armas nuevas, deben contar con la complicidad de los funcionarios de SUCAMEC que aprueban la emisión de cada tarjeta de propiedad. Ellos tienen acceso a las bases de datos de la PNP, Poder Judicial, Ministerio Público, los omisos a la pensión alimenticia y cualquier otra base de datos relevantes para poder evaluar la categoría moral del solicitante. En el sistema informático de SUCAMEC figura toda información relevante de un administrado: tipos de licencias de acuerdo con las modalidades permitidas, el número y detalle de cada arma y cualquier falta o sanción histórica. Imposible no percatarse que la persona adquiere 20 o más armas idénticas en un breve periodo.

Otro hecho no menos sorprendente es que el plazo de evaluación de cada tarjeta de propiedad es 21 días hábiles según TUPA; sin embargo, SUCAMEC suele tomar mayor tiempo inclusive.

¿Cómo una persona puede obtener 78 tarjetas de propiedad? Le tomaría en principio 6 años y medio lograr esa cantidad de registros.

Algunos hechos que nos ponen en contexto y podrían explicar esta situación, que trasciende a simple corrupción de funcionarios:

·         El incremento injustificado del volumen de armas en estos 3 importadores coincide con el gobierno de Pedro Castillo.

·         Se observa presencia de este tipo de armas, carabinas AR-15, entre mineros ilegales en particular en la sierra Norte del país. La mina de oro La Poderosa, en Pataz, La Libertad, viene siendo asaltada por mineros ilegales que invaden sus socavones y han asesinado a 7 de sus empleados.

·         El 7 de diciembre 2022 durante el golpe de estado, Pedro Castillo habla de la cancelación de todas las licencias de armas emitidas por SUCAMEC. Eso demuestra la enorme


importancia que significaba para él y sus cómplices el acceso a armas de fuego.

De no haber ocurrido el atentado contra el candidato Villavicencio en Ecuador, donde algunos de los sicarios tenían una carabina AR-15 marca Brigade, importada legalmente al Perú, no se hubiese descubierto ese tráfico ilegal de armas.

·         En las últimas semanas SUCAMEC ha reemplazado al Gerente General (11 de agosto 2023) y al Gerente de Políticas (16 de agosto 2023). ¿Se están preparando para lo que se les viene? Sería importante proteger la información respecto a quiénes autorizaron esas ventas de armas que luego han desaparecido.

 

 

¿Qué hacer?

Las armas que han sido desviadas del mercado formal tienen trazabilidad. SUCAMEC debe entregar de inmediato y en formato Excel:

·         Relación de los compradores de todas las armas importadas por esas 3 empresas desde el 2021, ordenados por número de armas autorizadas a cada comprador, donde se identifique además al funcionario que las aprobó y la casa comercializadora para el caso que el importador vendió parte del stock a una armería en provincia, por ejemplo) para determinar correlaciones.

·         Así se confirmaría que personas sin la capacidad económica suficiente, figuran como los compradores de un volumen de armas que excede los $100,000 en la mayoría de los casos y constituiría entre otros delitos graves, lavado de activos.

·         SUNAT debe solicitar a esas armerías, la sustentación del medio de pago.

·         En función de la información recopilada, debería el Congreso de la República conformar una Comisión Investigadora para deslindar responsabilidad en los funcionarios de SUCAMEC y determinar si realmente fue omisión de funciones, corrupción o parte de un plan para desestabilizar al Estado.

 

 



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